Con el voto a
favor del senador Manuel Antonio Matta se aprobó el proyecto que faculta a
centros comunitarios a la realización de bingos con fines benéficos.
Al respecto, el representante
de la VII Región comentó que las mociones refundidas revierten la ordenanza de
la Contraloría General de la República y permitirían este tipo de actividades
benéficas llevadas a cabo por organizaciones comunales sin fines de lucro.
Además, el legislador
indicó que se permitirá que las personas jurídicas sin fines de lucro, además
de los centros de alumnos, centros generales de padres y apoderados de todo el
sistema educacional, sindicatos, asociaciones gremiales y organizaciones
deportivas, puedan realizar en el ámbito local actividades de carácter no
habitual tales como bingos, rifas, loterías u otros sorteos similares de bienes
muebles, las que sólo se podrán realizar con propósitos solidarios o de
beneficencia, lo que se deberá informar al municipio respectivo.
Finalmente, Matta aclaró
que se suprimió la frase que excluía los premios en dinero, como venía
redactada desde la Cámara Baja y se precisó que esto primará por sobre la ley
20.262, y se agregó que la información que vaya al municipio se entregará por
escrito en la oficina de partes con 24 horas de anticipación.
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